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Residencia en España

Solicita tu Nacionalidad Española

Es muy probable que luego de residir acá en España durante un tiempo decidas optar por solicitar la Nacionalidad española, o incluso, puede que cumplas con ciertos supuestos que te permitirán iniciar tu solicitud desde tu país. No obstante, sea cual sea la circunstancia, debes saber que tener la nacionalidad española te brinda infinidad de beneficios para ti y tu núcleo familiar.

De hecho, el reconocido Henley Passport Index sitúa a España en la cuarta posición de los pasaportes más poderosos del mundo para el 2021, debido a la posibilidad que brinda a sus titulares de visitar numerosos destinos sin necesidad de acceder a una visa previa. Por ello, en Del Canto Chambers instamos a nuestros clientes a considerar la opción de solicitar la Nacionalidad española, para la cual brindaremos toda la asesoría requerida ya que contamos con un gran equipo de profesionales multidisciplinarios extremadamente rigurosos, que aplican los más exigentes estándares de calidad y procesos de revisión, por lo que su solicitud será un proceso sencillo en el cual tendrá la asesoría necesaria.

Si espera la excelencia y el mejor acompañamiento, en Del Canto Chambers podemos ofrecérselo.

Nacionalidad Española

Obtener la nacionalidad española supone adquirir grandes beneficios e importantes derechos (y deberes) dentro del territorio español y ante los Estados miembros de la Unión Europea. Asimismo, esta máxima expresión jurídica de integración supone un eslabón superior a las autorizaciones de residencia y trabajo.

En Del Canto Chambers comprendemos que la tramitación de la nacionalidad española puede ser un proceso que algunos decidan realizar por su cuenta, no obstante, debes saber que como en todo proceso administrativo pueden surgir complicaciones que retrasen la resolución favorable de tu solicitud.

Por ello, nuestro equipo de profesionales proporciona una asesoría integral que le transmitirá confianza y seguridad en todo su proceso.

¿Qué es la nacionalidad?

Como es de entenderse, la nacionalidad se concibe como el vínculo jurídico y político que relaciona a las personas con un Estado en concreto. Dicho vínculo origina un conjunto de derechos y obligaciones que corresponden a los nacionales y no a los extranjeros.

Asimismo, la nacionalidad determina un estatus que acompaña al individuo durante toda su existencia, sin embargo, en algunos casos puede perderse, recuperarse o adquirirse con el pasar de los años y cumpliendo ciertos requisitos que establezca la legislación en esta materia.

Ventajas de obtener la nacionalidad española

  1. Podrás trabajar y vivir en cualquier Estado miembro de la Unión Europea
    Al adquirir la nacionalidad española serás considerado/a ciudadano/a de la Unión Europea, por lo tanto, te aplicará la Directiva 2004/38/CE, que establece lo siguiente:
    “La ciudadanía de la Unión confiere a cada ciudadano de la Unión un derecho primario e individual de circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, sin perjuicio de las limitaciones y condiciones establecidas en el Tratado y de las medidas adoptadas para darle efecto.”
  1. No deberás continuar renovando tu permiso de residencia en España
    Evitando así efectuar cada dos o cinco años trámites burocráticos ante la Administración.
  2. Entrada sin visado a más de 180 países
    De acuerdo al Henley Passport Index, España posee la cuarta posición entre los pasaportes más poderosos del mundo (una clasificación basada en datos exclusivos de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo IATA), por lo que, al obtener la nacionalidad española, tendrás entrada como turista, sin tener que tramitar un visado previo, a 187 países.
  3. Podrás presentarte a las oposiciones en España
    Las oposiciones son procesos de selección que se llevan a cabo en España para poder acceder a los puestos de trabajo de la Administración pública. Dicho sistema, se encuentra basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, permitiendo a las personas convertirse en funcionarios/as.
    Por lo tanto, si te planteas opositar para ocupar un cargo dentro de las fuerzas de seguridad del Estado, sistema de justicia, sanidad, entre otros ámbitos, la nacionalidad española te brindará esta posibilidad.
  4. Tus hijos podrán ser españoles
    Al adquirir la nacionalidad española y tener hijos/as menores de edad, ellos/as podrán solicitar la ciudadanía también, con la excepción de que no tendrán que efectuar el mismo proceso de solicitud.
    Ahora bien, si adquieres la nacionalidad española por origen, no habrá límite de edad para que tus hijos/as adquieran la ciudadanía.
  5. Tendrás derecho a participar en Elecciones Generales
    Por lo que, si posees especial interés en asuntos públicos o políticos, podrás involucrarte e influir en las decisiones que se tomen.
    En este sentido, el artículo 13.2 de la Constitución Española establece lo siguiente:
    “Artículo 13
    Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.”
    Más adelante, en el artículo 23 de la Constitución encontramos que:
    1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
    2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.”
  1. Otorgarás beneficios a tu núcleo familiar, no sólo a tus hijos/as
    Y con ello nos referimos a cónyuge o pareja de hecho, padres y hermanos/as ya que, al adquirir la nacionalidad española podrás facilitarle el acceso a territorio español, consiguiendo su reagrupación con mayor facilidad y en mejores condiciones que siendo extranjero/a residente legal.
    De hecho, la Directiva 2004/38/CE, señala que:
    “El derecho de todos los ciudadanos de la Unión a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros debe concederse también a los miembros de su familia, independientemente de su nacionalidad, si se quiere ejercer en condiciones objetivas de libertad y dignidad. A los efectos de la presente Directiva, la definición de «miembro de la familia» también debe incluir al socio registrado si la legislación del Estado miembro de acogida considera la asociación registrada como equivalente al matrimonio.
    A fin de mantener la unidad de la familia en un sentido más amplio y sin perjuicio de la prohibición de discriminación por razón de la nacionalidad, la situación de las personas que no están incluidas en la definición de miembros de la familia en virtud de la presente Directiva, Goce de un derecho de entrada y de residencia automático en el Estado miembro de acogida, debe ser examinada por el Estado miembro de acogida con arreglo a su propia legislación nacional, a fin de decidir si se puede conceder a dichas personas la entrada y la residencia Relación con el ciudadano de la Unión o cualquier otra circunstancia, como su dependencia financiera o física del ciudadano de la Unión.”
  2. Tendrás derecho a participar en Elecciones Generales
    Por lo que, si posees especial interés en asuntos públicos o políticos, podrás involucrarte e influir en las decisiones que se tomen.
    En este sentido, el artículo 13.2 de la Constitución Española establece lo siguiente:
    “Artículo 13
    2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.”
    Más adelante, en el artículo 23 de la Constitución encontramos que:
    1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
    2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.”
  1. Derecho a la sanidad pública​
    Al conseguir la nacionalidad española, asumirás la condición de asegurado/a de la Seguridad Social, por lo tanto, tendrás derecho a la sanidad pública en las mismas condiciones que los españoles, sin condicionantes.
  2. Podrás acceder ​a plazas públicas para nacionales
    En algunas situaciones, las plazas disponibles para ocupar puestos dentro de instituciones públicas son menores frente aquellas dispuestas para quienes ostentan la nacionalidad española. Uno de los casos más frecuentes es el de los estudiantes del MIR (examen de acceso a un puesto de médico interno residente en un hospital).
  3. Obtendrás protección y apoyo en las sedes consulares españolas cuando te encuentres en otros países.
    Al adquirir la nacionalidad española, podrás ser atendido/a en cualquier país en el que te encuentres por los Consulados y Embajadas, ya sea para facilitarte el regreso a España en caso de que pierdas el pasaporte, sufras algún inconveniente durante tu estancia en ese otro país, o necesites solventar otra situación.

¿Cómo se adquiere la nacionalidad española?

Partiendo de lo anterior, el Estado español plantea diversas opciones para adquirir la nacionalidad española, permitiendo a las personas adquirir el estatus de ciudadano/a de la Unión Europea.

  • Nacionalidad para españoles de origen
  • Nacionalidad por origen sefardí
  • Nacionalidad por posesión de estado
  • Nacionalidad por opción
  • Nacionalidad por residencia
  • Nacionalidad por carta de naturaleza

Nacionalidad Española por residencia

La nacionalidad española por residencia es una de las vías más comunes de adquisición de ciudadanía, debido a que el principal requisito es acreditar el carácter de residente legal y continuado en España durante un periodo de tiempo determinado en el Código Civil. En norma general, el tiempo de residencia suele ser de 10 años, pero, también es posible reducirlo en caso de ajustarse a los siguientes supuestos:

  1. Se reduce el plazo a 1 año de residencia legal en España a:
  • Las personas nacidas en territorio español.
  • Aquellas personas que no ejercieron debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
  • Personas que estén o hayan estado sujetas legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos.
  • Las personas que, en el momento de la solicitud, tengan un año casadas con un español o española y no estén separadas legalmente o de hecho.
  • Personas viudas de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separadas, de hecho o judicialmente.
  • Las personas nacidas fuera de España de padre o madre (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
  1. Se reduce el plazo de residencia legal a los 2 años para los nacionales de países de origen iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de Sefardíes.
  2. Se reduce el plazo a 5 años de residencia legal para los que hayan obtenido la condición de refugiado.

¿Cuánto tarda la nacionalidad española por residencia?

Luego de hacer la solicitud, el expediente de nacionalidad española por residencia suele ser respondido al cabo de 1 a 2 años. Este período de tiempo comienza a correr a partir de la fecha de presentación de la solicitud de nacionalidad.

De igual forma, durante todo el proceso se puede comprobar el estado del expediente de nacionalidad española por residencia, por medio de una plataforma creada por el Ministerio de Justicia llamada “Cómo va lo mío”, la cual permite mantener un seguimiento a la solicitud. No obstante, en la actualidad a pesar de la espera, es posible agilizar el expediente de nacionalidad por medio de un recurso contencioso administrativo, el cual puede ser empleado al momento en que la solicitud ha cumplido un año, y permite recibir una respuesta al cabo de pocos meses.

Nacionalidad Sefardí

En el 2015 se aprobó en el Congreso de los Diputados un Proyecto de Ley que permite conceder la nacionalidad española a los sefardíes descendientes de los judíos expulsados de España en el siglo XV.

Este proceso ha sido ampliamente utilizado por ciudadanos de países como Colombia, Venezuela, México y el resto de Iberoamérica ya que, una vez demostrado que cumplen con los requisitos, pueden optar por la nacionalidad española y disfrutar de todos los beneficios de ser ciudadanos de la Unión Europea, y sin necesidad de renunciar a su nacionalidad anterior.

¿Qué es la nacionalidad sefardí?

La nacionalidad sefardí es la posibilidad de obtener la ciudadanía española a causa de la expulsión firmada el 31 de marzo de 1492 en Granada que realizaron los reyes católicos, a los judíos -y sus descendientes- que vivieron en la Corona de Catilla y la Corona de Aragón.

Posterior a ello, la mayoría de los judíos decidió dirigirse a los reinos cercanos de Portugal y Navarra, donde enfrentaron una vez más, nuevas expulsiones en 1497 y en 1498, respectivamente. Desde Portugal, un gran porcentaje se dirigió al Norte de Europa, evitando la masacre de Lisboa en 1506 o las deportaciones masivas a Santo Tomé y Príncipe (en el golfo de Guinea) reservadas para los judíos que omitieron las órdenes de la Corona portuguesa.

Debido a estos actos de expulsión y exterminio, Portugal también decidió ofrecer la posibilidad a los descendientes de la comunidad judía de obtener la nacionalidad portuguesa como un acto de reconciliación entre los judíos sefarditas y el país que los expulsó de sus tierras hace más de 500 años, reconstruyendo sus lazos con la cultura ibérica.

¿Hasta cuándo puedo presentar mi solicitud de nacionalidad española sefardí?

La Ley entró en vigor el 1 de octubre de 2015 por un período de 3 años, y fue prorrogada por un año más, hasta el 1 de octubre de 2019. Por lo tanto, los ciudadanos iberoamericanos que reunieron las condiciones, consiguieron hacer sus solicitudes a tiempo, iniciando el procedimiento correspondiente.

En la actualidad, el Ministerio de Justicia ha brindado un plazo especial de subsanación de solicitudes en el proceso de concesión de la nacionalidad española por origen sefardí, destinado a las nacionalidades presentadas antes del 1 de octubre de 2019. Dicho plazo culmina el 1 de septiembre de 2021 y les permite a los ciudadanos y ciudadanas presentar sus respectivos certificados CCSE (prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España) y DELE (título oficial y acreditativo del grado de competencia y dominio del español).

Por lo tanto, en estos momentos en España no es posible presentar nuevas solicitudes de nacionalidad española por origen sefardí, pero de brindarse nuevamente la posibilidad lo estaremos informando en nuestro portal web.

Sin embargo, aún se mantiene abierto el plazo de presentación de solicitudes en Portugal.

Nacionalidad Portuguesa por origen Sefardí

La solicitud de la nacionalidad portuguesa por origen sefardí es un proceso mucho más sencillo para el solicitante ya que no le exige que hable o conozca el idioma portugués, ni requiere que presente los exámenes de conocimiento y dominio del idioma o la cultura.

Además, no requiere que la persona solicitante viaje o se encuentre en territorio portugués al momento de firmar el acta de notoriedad, ya que puede ser designado un apoderado para efectuar todo el proceso. De igual forma, la ley que permite acceder a la nacionalidad portuguesa por origen sefardí no tiene una fecha límite para recibir las solicitudes -a diferencia de la española.

Asimismo, La nacionalidad portuguesa otorga al titular los mismos derechos que cualquier ciudadano de la Unión Europea, por lo tanto, usted podrá disfrutar de un pasaporte que le abrirá las puertas a más de 180 países.

Beneficios de obtener la nacionalidad española o portuguesa de origen sefardí

La solicitud de la nacionalidad portuguesa por origen sefardí es un proceso mucho más sencillo para el solicitante ya que no le exige que hable o conozca el idioma portugués, ni requiere que presente los exámenes de conocimiento y dominio del idioma o la cultura.

Además, no requiere que la persona solicitante viaje o se encuentre en territorio portugués al momento de firmar el acta de notoriedad, ya que puede ser designado un apoderado para efectuar todo el proceso. De igual forma, la ley que permite acceder a la nacionalidad portuguesa por origen sefardí no tiene una fecha límite para recibir las solicitudes -a diferencia de la española.

Asimismo, La nacionalidad portuguesa otorga al titular los mismos derechos que cualquier ciudadano de la Unión Europea, por lo tanto, usted podrá disfrutar de un pasaporte que le abrirá las puertas a más de 180 países.

¿Puedo solicitar la nacionalidad española para sefardíes para mi grupo familiar?

Sí, se puede solicitar la nacionalidad española para él o la cónyuge, y para los hijos menores de edad.

Ahora bien, en el caso de solicitar la nacionalidad portuguesa por origen sefardí, la ley no concede la ciudadanía a los hijos menores de edad que hayan nacido antes que el padre y/o la madre sefardí obtuviera la nacionalidad portuguesa. Pese a ello, el o la cónyuge del o la sefardí portugués/a puede aplicar a la ciudadanía portuguesa sin necesidad de residir en Portugal.

Nacionalidad Española por opción

La nacionalidad española por opción es una de las vías de adquisición de la nacionalidad establecida en el Código Civil mediante la figura de la filiación, adopción, tutela y patria potestad.

¿Quién puede solicitar la nacionalidad española por opción?

Tienen derecho a solicitar la nacionalidad por opción:

  1. Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
  2. Hijo de padre o madre español de origen (padres nacidos en España).
  3. Personas cuya filiación o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad. (El plazo para optar a la nacionalidad es de dos años tras la filiación o el nacimiento).
  4. Adoptados por españoles después de los dieciocho años de edad. (El plazo es de dos años tras la constitución de la adopción.

Nacionalidad Española por origen

Este tipo de nacionalidad española la obtienen aquellas personas que son consideradas españolas de origen. Para saber quiénes se ajustan a este supuesto, es importante dirigirnos al artículo 17 (y siguientes) del Código Civil, dónde se explica que serán españoles/as de origen:

  1. Los nacidos de padre o madre españoles.
  2. Los nacidos en España de padres extranjeros cuando, al menos uno de ellos, haya nacido también en el país.
    En este caso, se exceptúan los hijos de funcionarios diplomáticos o consulares extranjeros acreditados en España.
  3. Los nacidos en España de padres extranjeros cuando ambos carezcan de nacionalidad (apátridas) o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
  4. Los niños nacidos en España de cuyos padres se desconozca la identidad.
    Se considerarán españoles de origen los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea territorio español. Es el caso, por ejemplo, de huérfanos o de niños que han sido abandonados.
  5. Los menores de 18 años que sean adoptados por un español.
    No obstante, en el caso de que los adoptados sean mayores de edad, podrán optar también a la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la formalización de la adopción.
  6. Los nacidos en el extranjero que hayan obtenido la nacionalidad española por la Ley de Memoria Histórica.

Esta ley (Ley 52/2007) reconoció y amplió los derechos de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil española y la Dictadura.

Sin embargo, en la actualidad, la Ley de Memoria Histórica sobre nacionalidad española expiró el 27 de diciembre de 2011, por lo que ya no es posible presentar solicitudes, es decir que, los nietos de españoles ya no pueden solicitar la nacionalidad española.

No obstante, en septiembre del 2020 el Consejo de Ministros aprobó un Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática que plantea iniciar una reparación integral de las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura.

De hecho, en el Capítulo III de este Anteproyecto, se plasma el reconocimiento a las víctimas que realizaron trabajos forzados, proponiendo como medida reparadora de las personas que sufrieron el exilio, la adquisición de la nacionalidad española para nacidos fuera de España de padres o madres, abuelas o abuelos, exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia.

Asimismo, se incluirán a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales para que puedan adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza.

Cuando obtengamos más información o novedades sobre este anteproyecto de Ley de Memoria Democrático, lo informaremos en nuestro portal web.

Nacionalidad Española por carta de naturaleza

La concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza es una de las formas por las que un/a extranjero/a puede adquirir la ciudadanía. No obstante, para optar a ella, deben concurrir en la persona una serie de circunstancias excepcionales, por lo que no todo el mundo puede solicitarla.

Hemos de señalar que, la nacionalidad española por carta de naturaleza está regulada en el artículo 21 del Código Civil de la siguiente forma: 

“La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales”. Es decir, el/la interesado/a en obtener la nacionalidad española debe justificar cuál o cuáles son las circunstancias excepcionales que lo/a hacen merecedor/a de la nacionalidad, saltándose así los requisitos que se exigen al resto de personas interesadas en ser españolas.

Por lo tanto, no requiere un tiempo previo de residencia o el cumplimiento de otros criterios claves para otras vías de adquisición de la nacionalidad española. Usualmente, este supuesto es aplicado a personas que tienen una trayectoria relevante en el ámbito del deporte, arte, investigaciones y aportes sociales y científicos para el Estado español.

Nacionalidad Española por posesión de estado

La nacionalidad española por posesión de estado es una vía poco común pero contemplada para casos excepcionales y regulada en el artículo 18 del Código Civil.

Esta vía plantea otorgar el derecho a la ciudadanía a toda aquella persona que haya poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un título inscrito en el Registro Civil.

Es importante señalar que, la nacionalidad española no se pierde, aunque se anule el título inscrito en el Registro Civil. El interesado o interesada debe haber mantenido una actitud activa en dicha posesión y utilización de la nacionalidad española, esto significa que deberá haberse comportado teniéndose a sí mismo por español/a, tanto en el disfrute de sus derechos como en el cumplimiento de sus deberes en relación con órganos del Estado español.

Consultarnos sobre sus posibilidades de obtener nacionalidad Española

Debe tener presente que en nuestro portal ofrecemos información clave y puntual sobre diversos trámites o procesos. No obstante, para evaluar sus posibilidades resulta indispensable recibir un análisis y asesoramiento integral basado en sus circunstancias personales.

Del Canto Chambers realiza un enfoque personalizado para cada cliente, el cual se ajusta cuidadosamente a sus condiciones, lo que proporciona seguridad en todo el proceso, y hace que las aplicaciones de nuestros clientes sean exitosas.

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