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Trabajar en España: residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

Trabajar en España: residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Son muchas las personas que consideran a España como un destino especial para vivir y trabajar y, probablemente uno de los motivos principales puede ser el idioma ya que representa una ventaja importante para los migrantes latinoamericanos. No obstante, existen otras razones de peso, que pueden motivar el planteamiento de emigrar a España, tales como:

  • Sistema educativo de excelencia

La formación académica en España tiene un nivel bastante alto y es prioritaria en todo el territorio nacional. Después de Inglaterra e Irlanda, España es el tercer país europeo de destino para estudiantes universitarios extranjeros.

  • Calidad de vida

España, así como muchos países europeos, cuenta con uno de los mayores porcentajes de envejecimiento de la población. De hecho, según cifras recientes de la Organización de las Naciones Unidas, España contará en el año 2050 con una de las poblaciones más longevas del mundo, debido al incremento de la esperanza y calidad de vida.

  • Salud pública, gratuita y de calidad

En España hay un alto nivel de esperanza de vida para la población. En los últimos años, nos hemos ubicado en el tercer lugar a nivel global en salud, solo por detrás de Japón y Suiza. Además, a nivel constitucional, nuestra sanidad es pública, accesible para toda la ciudadanía y muy eficiente.

¿Cómo puedo trabajar en España?

Existen varias opciones de autorizaciones de residencia en España que te permitirán vivir y trabajar legalmente en nuestro país (Golden Visa, residencia por emprendimiento, entre otras), sin embargo, en este artículo deseamos presentarte la Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.

Esta autorización te permitirá residir y trabajar en España cuando se cumplen determinados requisitos. En principio estamos ante una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que solicita un empleador o empresario para la contratación de un trabajador que no se halle ni resida en España.

¿Cómo puedo obtener la residencia por trabajo en España?

Para conseguir la Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena será necesario poseer un contrato de trabajo con una empresa o empleador en España, además de reunir una serie de requisitos y documentación exigida.

Requisitos para obtener la residencia por trabajo en España

  • No poseer la ciudadanía de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse en situación administrativa irregular en territorio español.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • Que la situación nacional de empleo permita la contratación. En este caso, se permitirá si se cumple con las siguientes condiciones:
  • La ocupación que va a desempeñar el trabajador en la empresa está incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura que el Servicio Público de Empleo Estatal publica trimestralmente.
  • La Oficina de Extranjería competente considera que no se ha podido cubrir el puesto de trabajo a tenor del certificado que el Servicio Público de Empleo emite sobre la gestión de la oferta de empleo.
  • La autorización va dirigida a nacionales de Estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales (Chile y Perú).
  • Se puede acreditar la concurrencia de un supuesto recogido en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000.

¿Qué beneficios ofrece la residencia por trabajo en España?

En caso de tramitar la Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena podrás adquirir múltiples beneficios una vez se resuelva favorable tu solicitud, por ejemplo:

  • Podrás reagrupar a tus familiares: Es decir, que podrás traerlos contigo a vivir en España cuando lleves a cabo la renovación del permiso. No obstante, es importante señalarte que sólo podrán ser tus ascendientes o descendientes;
  • Tus hijos podrán obtener la Nacionalidad Española en menos tiempo: Porque al nacer en España y ser residentes, tienen derecho a solicitar la Nacionalidad española por residencia al año de vivir acá;
  • Podrás estudiar en centros de formación o universitarios;
  • Tendrás derecho de acceso al sistema sanitario español, el más eficiente de Europa y uno de los mejor valorados a nivel mundial.

¿Cómo se realiza la solicitud de la Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena?

El permiso para vivir y trabajar legalmente en España se solicita de forma presencial o telemáticamente ante la Oficina de Extranjería en España, por lo tanto, este trámite deberá ser llevado a cabo por el empleador o un representante legal.

Asimismo, debe realizarse una solicitud ante la Oficina Consular Española del país y localidad en la que se encuentra la persona que recibe la oferta de trabajo. Es fundamental resaltar que, en esta oferta deben estar reflejadas las labores que va a desarrollar la persona extranjera, y dichas funciones deben estar registradas en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), a excepción de los nacionales provenientes de Chile y Perú. 

De igual forma, en casos de ofertas laborales en empresas que poseen una plantilla de trabajadores superior a los 500 y con centros de operación en varias provincias, la solicitud de Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena debe presentarse en la Unidad de Grandes Empresas de la Dirección General de Inmigración.

¿Qué hacer si me conceden la Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena?

En caso de que te concedan el permiso para vivir y trabajar en España, dispondrás de un mes, desde la notificación al empleador, para solicitar personalmente el visado en la misión diplomática u oficina consular más cercana a tu domicilio o localidad. 

La solicitud del visado de trabajo se deberá acompañar de ciertos requisitos, tales como:

  • Pasaporte ordinario o título de viaje reconocido como válido en España con una vigencia mínima de cuatro meses.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades de tu país de origen o del país o países en los que hayas residido durante los últimos cinco años.
  • Certificado médico.
  • Copia del contrato presentado y sellado por la Oficina de Extranjería.
  • Justificante de haber abonado la tasa del visado (información que obtendrás directamente con la sede consular)

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Asimismo, debes saber que la misión diplomática tendrá hasta un mes para resolver tu solicitud. Posteriormente, cuando te sea notificada la concesión del visado, deberás recogerlo personalmente en el plazo de un mes desde la fecha de la notificación. De no efectuarse la recogida en el plazo mencionado, se entenderá que has renunciado y se producirá el archivo de tu expediente.

A continuación, tendrás la posibilidad de entrar a España durante los tres meses de vigencia del visado de trabajo, el cual te habilita entrar y permanecer en nuestro país en situación de estancia hasta que se produzca tu afiliación y alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, dentro del plazo de tres meses desde tu llegada.

Finalmente, luego de estos trámites tendrás un mes de plazo, desde que te has dado de alta en la Seguridad Social, para solicitar, personalmente, la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.

¿Cómo tramitar mi Tarjeta de Identidad de Extranjeros?

El proceso para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) es muy sencillo ya que sólo deberás solicitar cita previa del procedimiento por la plataforma web de la Administración, y cuando te sea asignada una fecha de asistencia, deberás presentar:

  • Pasaporte vigente
  • Modelo oficial (EX-17) debidamente cumplimentado.
  • Justificante del abono de la tasa de la TIE
  • Acreditación de la afiliación y/o alta de la Seguridad Social.
  • Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

¿Qué normativa regula esta Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena?

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículos 36, 38, 40 y 42).
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 97 a 102).

Por Gabriela Mastrodoménico, Colombian Senio Counsel y Abogada

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